Todas las categorías se procederán a la medición de los niveles de octanos en el combustible de los karts participantes. Dicha medición la dispondrá el Comisario Técnico en cualquier momento de la competencia (clasificación, series y/o finales).
El nivel máximo permitido no podrá superar los 100 octanos, caso contrario, quien no cumpla con este requisito quedará excluido de la competencia.
Nafta super de YPF, SHELL, ESSO, OIL y PETROBRAS contienen 95 octanos, mientras que PODIUM, PREMIUM E INFINIA, no superar los 99 octanos. Estos datos fueron extraídos de las estaciones de servicio antes mencionadas.
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ART. Nº 1:
VIGENCIA: El presente Reglamento tendrá vigencia a partir del 1º de Enero de 2019 hasta el 31 de Diciembre de 2019, pudiendo ser prorrogado y/o modificado a exclusivo criterio de la Federación Regional de Automovilismo Deportivo Nº 3 zona Sudeste de la Provincia de Buenos Aires, para dar mayor paridad mecánica, seguridad y abaratar costos de preparación.
ART. Nº 2:
DISPOSICIONES GENERALES: La interpretación del presente Reglamento, debe hacerse en forma absolutamente restrictiva, es decir que solo se permiten las modificaciones específicamente autorizadas. De la misma forma, las libertades están restringidas únicamente al elemento liberado.
a) Ningún elemento podrá cumplir una función distinta de las específicamente previstas por el fabricante del vehículo en caso de ser un elemento original, o de la función prevista por el presente Reglamento en caso de ser un elemento no original del vehículo declarado. Se permiten intercambiar piezas de distintos modelos siempre que cumplan la misma función.
b) Todos los elementos del vehículo no especificados en este Reglamento Técnico, deberán ser originales de fábrica. En caso de reclamaciones o verificaciones, la Comisión Técnica de esta Federación Regional, utilizara para su cometido como elemento patrón para su control LAS PIEZAS ORIGINALES DE FABRICA.
c) A los señores preparadores, corredores, mecánicos y concurrentes, toda consulta respecto a la interpretación y aplicación de este Reglamento Técnico, deberá hacerse por escrito ante el Comité Ejecutivo de esta Federación Regional, quien se reserva el derecho de aprobar o no todo aquello
que no esté especificado en el mismo, y se estará conforme a lo que ésta dictamine.
d) El solo hecho de participación en las competencias implica por parte de los pilotos, mecánicos, concurrentes, etc., el total conocimiento y aceptación de las condiciones y especificaciones del presente REGLAMENTO.
e) Se prohíbe el uso de titanio y fibra de carbono con excepción en rodamientos.
f) Aclaraciones:
Se entiende por similar: A toda pieza de diferente fabricante, con las características de la original.
Se entiende por opcional: A optar por tener o quitar una pieza.
Se entiende por libre: La libertad de su trabajo o cambio, pero el elemento debe estar.
ART. Nº 3:
MOTORES: 150 cc. 4 tiempos, únicamente refrigerado por aire, caja de 5 (cinco) velocidades con embrague manual.
IMPORTANTE: Motores libres de marca,de origen CHINO, 150cc.Varilleros,respetando las medidas de este reglamento.
ART. Nº 4: CARTER: Original del motor con formas y dimensiones externas e internas originales. No se pueden alterar las posiciones y medidas originales de los espárragos y/o tornillos. Se debe mantener las medidas originales de los rodamientos.
ART. Nº 5: CILINDRO: Original del motor o su reemplazo del mercado de reposición. Diámetro original 62 mm. Se puede rectificar hasta un máximo de + 2,10mm. Medida máxima: 64.10 mm. Prohibido el uso de camisa cromada. Prohibido encamisar. Deberá poseer junta en la base del cilindro de espesor y material libre. Altura del Cilindro: 69,00mm +/- 1mm.
Rectificar en su centro, parte superior e inferior encuadrado dentro de los agujeros de los espárragos.
Se medirá la camisa en toda su circunferencia y deberá tener una tolerancia máxima de 0,20mm.